Cuando un empleado se traslada a España, una de las primeras cuestiones prácticas es si su familia puede mudarse con él o si primero debe obtener la residencia el solicitante principal.

No hay un único escenario. Todo depende del tipo de residencia del empleado, de la situación de cada miembro de la familia y de la vía de solicitud elegida. En algunos casos, la familia tiene que completar el proceso en varias fases. En otros, el empleado puede trasladarse a España directamente junto con sus seres queridos.

Veamos qué opciones existen.

Reagrupación familiar en el régimen general

Si el empleado obtiene la residencia en el régimen general de extranjería —por ejemplo, una autorización de residencia clásica con o sin derecho a trabajar—, a los familiares se les suele aplicar el procedimiento estándar de reagrupación familiar.

Este se desarrolla en varias fases.

Primero, la solicitud de reagrupación se presenta en España. En esta fase no se requiere la presencia del familiar reagrupado.

Una vez estudiada la solicitud y obtenida la resolución favorable de las autoridades de extranjería españolas, el familiar acude al consulado de España en su país de residencia o de origen.

Tras la aprobación, se le expide un visado D para entrar en España. Ya en el país, debe completar los trámites necesarios, entre ellos la toma de huellas y la obtención de la tarjeta de residente.

Así, en el régimen general, el solicitante principal y su familia no siempre se trasladan al mismo tiempo.

Qué cambia en la reubicación de empleados

En la movilidad corporativa se recurre a menudo a regímenes migratorios especiales, como la residencia para profesionales altamente cualificados (Highly Qualified Professional) o el visado para nómadas digitales (residencia de nómada digital).

En este caso, las posibilidades son considerablemente mayores.

En estos procedimientos, el empleado puede incluir a sus familiares en el proceso de reubicación y trasladarse a España junto con ellos, sin esperar al largo procedimiento clásico de reagrupación.

Según la vía concreta, pueden considerarse familiares:

  • el cónyuge o la pareja registrada o acreditada;
  • los hijos, incluidos los mayores de edad si se cumplen los requisitos de dependencia respecto del solicitante principal;
  • los padres del solicitante principal que estén a su cargo;
  • los padres del cónyuge o de la pareja, si se cumplen las condiciones correspondientes.

El propio traslado puede organizarse de distintas formas.

Escenario 1. Toda la familia se traslada a la vez

El empleado llega a España con su familia y, a continuación, se presentan simultáneamente las solicitudes de residencia.

Es una de las opciones más cómodas, sobre todo cuando la familia no quiere separarse mientras se tramita la documentación.

No obstante, la posibilidad de presentar la solicitud de este modo debe comprobarse con antelación, teniendo en cuenta la situación migratoria de cada familiar y el fundamento de su estancia legal en España.

Escenario 2. La familia llega junta, pero presenta la solicitud después

El empleado y sus familiares también pueden llegar a España al mismo tiempo y presentar la solicitud de los familiares después de que el solicitante principal haya presentado u obtenido su documentación.

Aquí aparece una condición importante: en el momento de la solicitud, los familiares deben encontrarse en España de forma legal.

Ese fundamento puede ser, por ejemplo, un visado Schengen vigente u otra situación legal que permita permanecer en el país.

Por eso, esta opción exige una planificación especialmente cuidadosa de los plazos.

Escenario 3. Primero se traslada el empleado y después la familia

No a todas las familias les conviene mudarse a la vez.

A veces al empleado le resulta más sencillo llegar solo primero: empezar a trabajar, resolver la vivienda y la documentación y, después, organizar el traslado de su cónyuge, sus hijos o sus padres.

En este caso, la solicitud de los familiares se tramita más adelante, cuando el solicitante principal ya se encuentra en España.

Este escenario suele ser más cómodo para las familias con hijos, ya que permite preparar el traslado con antelación y resolver las cuestiones cotidianas y organizativas.

Escenario 4. La familia tramita la entrada a través del consulado

Existe otra opción: el empleado se traslada primero a España por su cuenta y, después, se inicia el procedimiento para sus familiares.

La documentación se presenta inicialmente ante la autoridad de extranjería competente en España. Tras obtener una resolución favorable, los familiares acuden al consulado español y tramitan el visado D.

Después de entrar en España, completan los trámites necesarios, entre ellos la toma de huellas y la obtención de la tarjeta de residente.

Así, la familia se reúne con el empleado una vez finalizada la fase consular.

¿Qué opción elegir?

No existe un escenario universal.

Al elegir el esquema de reubicación, hay que tener en cuenta no solo la vía migratoria del empleado, sino también la composición de la familia, la nacionalidad y la situación actual de sus miembros, los visados de que disponen, los plazos del traslado, el trabajo del cónyuge, los estudios de los hijos y la capacidad económica de la familia.

Trasladar a un profesional solo y reubicar a una familia con hijos son procesos de complejidad muy distinta. En el segundo caso hay que sincronizar muchas más cuestiones: desde la documentación y los plazos de presentación hasta la vivienda, el colegio y la fecha real de la mudanza.

Por eso, es mejor planificar la reubicación familiar antes de que el empleado llegue a España, y no después.

Lo esencial: la familia no siempre tiene que esperar

La idea extendida de que el empleado debe obtener primero la residencia por su cuenta y solo después traer a su familia está lejos de ser cierta para todos los regímenes migratorios.

En la reubicación por vías especiales, incluidos los regímenes para profesionales altamente cualificados y nómadas digitales, el traslado de toda la familia puede organizarse a la vez o por fases, según la situación concreta.

La normativa de extranjería española prevé varios escenarios, por lo que la tarea del empleador y del especialista en reubicación es elegir de antemano el que permita a la familia trasladarse con los mínimos retrasos y sin problemas en cuanto a la legalidad de su estancia.

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