La autorización de residencia por arraigo social está dirigida a ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que hayan residido en España durante 2 años, que actualmente se encuentren en España en situación irregular y que tengan un familiar cercano (cónyuge, padre/madre o hijo/a mayor de edad) con residencia legal en España. Esta autorización de residencia permite trabajar en España tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
