La residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE (hijo menor de edad) está dirigida a hijos menores de edad, nacionales de países no pertenecientes a la UE, cuyos padres (o uno de ellos) sean ciudadanos de la UE con residencia en España (Certificado de registro de ciudadano de la UE) y que hayan residido en España durante los últimos 5 años con una tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE. Esta residencia se concede por 10 años.
